Novedad legal · Desde el 1 de diciembre
IVA del 10 % en tu reforma: qué cambia el 1 de diciembre y cómo no perderlo
Pagar una obra en efectivo siempre ha tenido sus riesgos. Desde diciembre tiene uno más: que la factura pase del 10 al 21 % de IVA.
Respuesta corta: las obras de renovación y reparación de tu vivienda pueden llevar IVA del 10 % en lugar del 21 %. Desde el 1 de diciembre de 2026 hay un requisito nuevo: pagarlas por banco (tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en la cuenta de quien hace la obra). Además, el 10 % se amplía a las obras en viviendas que se alquilan como vivienda habitual.
Lo establece el Real Decreto-ley 29/2026, publicado en el BOE el 7 de octubre. Todavía casi nadie lo está contando.
Cómo funciona hoy el IVA del 10 % en una reforma
Una reforma de vivienda no lleva siempre el 21 %. Puede llevar el 10 % si se cumplen tres condiciones a la vez:
- La pides tú, para tu casa. Una persona física que usa la vivienda para sí, o una comunidad de propietarios.
- La vivienda tiene al menos dos años desde que se construyó o se rehabilitó por última vez.
- Los materiales que pone la empresa no pasan del 40 % de la factura sin IVA.
Esta última es la que más se equivoca. La Agencia Tributaria lo explica con un ejemplo muy claro:
| Obra | Total sin IVA | Materiales que pone la empresa | IVA |
|---|---|---|---|
| Colocar el suelo de una vivienda | 10.000 € | 3.000 € (30 %) | 10 % toda la obra |
| Otra obra | 10.000 € | 5.000 € (50 %) | 21 % toda la obra |
Ejemplo de la Agencia Tributaria, preguntas frecuentes sobre obras. No son precios nuestros.
Y no vale partir la factura en dos para que una parte vaya al 10 %. Si la obra en conjunto pasa del 40 % de materiales, toda va al 21 %.
Qué cambia el 1 de diciembre de 2026
Dos cosas. Una que te afecta seguro y otra que te afecta si tienes un piso alquilado.
1. Hay que pagar por banco
Para que la obra lleve el 10 %, el pago tendrá que hacerse con tarjeta de crédito o débito, transferencia, cheque nominativo o ingreso en una cuenta a nombre de quien hace la obra.
La Agencia Tributaria lo dice de forma expresa: este requisito es nuevo y se aplica también a las obras en viviendas de uso particular. Es decir, a la tuya.
Si pagas en efectivo, la obra pierde el tipo reducido.
2. El 10 % llega a las viviendas de alquiler
Hasta ahora, si reformabas un piso que tenías alquilado, la obra iba al 21 %. Desde diciembre, las obras de renovación y reparación en viviendas destinadas al alquiler como vivienda habitual también pueden ir al 10 %, sea quien sea el propietario. Con las mismas condiciones: dos años de antigüedad, materiales hasta el 40 % y pago por banco.
Si tu obra cruza el 1 de diciembre
Aquí está la trampa. El Real Decreto-ley entró en vigor el 8 de octubre, pero este cambio del IVA tiene efecto desde el 1 de diciembre.
Si empiezas en noviembre y terminas en enero, o si pagas una parte por adelantado, pide a la empresa que te confirme por escrito qué IVA va en cada factura y cuándo se devenga.
Y desde ya, paga por banco. Así da igual la fecha.
Qué papeles tienes que guardar
- El presupuesto desglosado, con la mano de obra y los materiales por separado.
- La factura, que debe indicar el coste de los materiales o que no pasan del 40 %.
- El justificante bancario de cada pago.
- Si la vivienda está alquilada, el contrato de alquiler como vivienda habitual.
Estos mismos justificantes bancarios te sirven para otra cosa. La deducción del 20 al 40 % en la renta por obras de eficiencia energética también exige pagar por banco. Si haces bien una, haces bien las dos.
Lo que no va al 10 %
- Comprar materiales, muebles o electrodomésticos sueltos, sin obra.
- El mantenimiento de instalaciones, como la revisión de la caldera.
- Las obras en las que la empresa pone materiales por más del 40 % del total.
- Las reparaciones que contrata directamente la compañía de seguros, cuando la factura va a su nombre.
En resumen
- Tu reforma puede llevar el 10 % de IVA, no el 21 %.
- Desde el 1 de diciembre de 2026, solo si pagas por banco.
- Se amplía a las viviendas que se alquilan como vivienda habitual.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Puedo pagar una parte en efectivo y otra por transferencia?
Desde el 1 de diciembre de 2026 no es buena idea. El requisito exige que el pago se haga por los medios bancarios que fija la ley. Lo seguro es pagar todo por banco.
¿Y si la obra la pago antes de diciembre?
Hasta el 30 de noviembre de 2026 se aplican las condiciones de siempre. Aun así, pagar por banco te protege y te sirve para la deducción en la renta.
¿Una cocina nueva lleva el 10 %?
Depende del peso de los materiales. Si los muebles y electrodomésticos que pone la empresa superan el 40 % de la factura sin IVA, toda la obra va al 21 %. Pide el presupuesto desglosado.
¿Vale para un piso que alquilo por temporadas?
No. La ampliación es para viviendas destinadas al alquiler como vivienda habitual. Los alquileres turísticos de menos de treinta noches tienen otra regla distinta en el mismo decreto.
Al terminar de leer
Dónde consultar, tramitar o financiar
Estos son los sitios oficiales donde puedes comprobar todo lo que te hemos contado, hacer tu consulta o presentar el trámite.
Para consultar las condiciones exactas
- Agencia Tributaria · Novedades del IVA 2026 (Real Decreto-ley 29/2026)El cambio del 1 de diciembre, explicado por Hacienda.
- Agencia Tributaria · Preguntas frecuentes sobre obras y reparaciones en inmueblesEjemplos del 40 % de materiales, seguros, calderas y más.
- BOE · Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubreEl texto oficial (artículo 7).
- Agencia Tributaria · Boletín de novedades del RDL 29/2026 (PDF)Resumen oficial de todas las medidas.
Si tienes una vivienda alquilada
Si vas a financiar la obra
Fuentes de este artículo (consultadas el 15 de octubre de 2026)
Este artículo es divulgativo. Lo hemos preparado con la información pública y oficial a nuestro alcance, y te enlazamos las fuentes para que las compruebes tú mismo. No es asesoramiento fiscal, jurídico ni técnico, y las normas, plazos y ayudas pueden cambiar o depender de tu caso. Antes de decidir, consulta las fuentes oficiales o a un profesional. Cualquier decisión que tomes a partir de este contenido es responsabilidad tuya; Reformas Integrales Murcia no responde de su uso.