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Deducción del 20 al 40 % en la renta por reformar: lo que tiene que estar hecho antes del 31 de diciembre

Hay una parte de tu reforma que puede pagar Hacienda. Pero solo si haces tres cosas en el orden correcto, y la última tiene fecha.

Publicado el 15 de octubre de 2026 · Lectura: 5 minutos

Respuesta corta: puedes deducirte en el IRPF el 20 % de lo que pagues por obras que reduzcan al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración de tu vivienda, o el 40 % si reducen al menos un 30 % el consumo de energía no renovable o la casa llega a la letra A o B. Las obras se tienen que hacer y pagar hasta el 31 de diciembre de 2026, y el certificado energético de después de la obra tiene que estar emitido antes del 1 de enero de 2027.

Lo confirman la Agencia Tributaria y el Ministerio de Vivienda. Te lo contamos sin letra pequeña.

Qué es esta deducción y por qué tiene fecha

Desde octubre de 2021 existen tres deducciones en la renta para quien mejora la eficiencia energética de su casa. Se han ido prorrogando. La última prórroga, de marzo de 2026, las alarga hasta el 31 de diciembre de 2026 para viviendas, y hasta el 31 de diciembre de 2027 para edificios enteros.

No es una subvención. Nadie te ingresa dinero. Es una rebaja en lo que pagas a Hacienda en tu declaración.

Y no es pequeña.

DeducciónQué tiene que conseguir la obraSobre cuánto se aplicaPlazo de la obra
20 %Reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración de tu viviendaHasta 5.000 € al añoHasta el 31-12-2026
40 %Reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o que la vivienda llegue a la letra A o BHasta 7.500 € al añoHasta el 31-12-2026
60 %Obras de rehabilitación energética del edificio entero (comunidades de vecinos)Según cuota y límites del edificioHasta el 31-12-2027

Fuente: Agencia Tributaria y Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Los enlaces están al final de la página.

Qué obras suelen entrar en la deducción

La ley no da una lista de obras. Da un resultado que hay que medir. Lo que cuenta es lo que diga el certificado energético de después, comparado con el de antes.

En la práctica, las obras que mueven ese número en un chalet o en un piso de Murcia son estas:

  • Cambiar las ventanas por otras con rotura de puente térmico y doble vidrio bajo emisivo.
  • Aislar la cubierta: es por donde más calor y más frío entra en una casa de una planta.
  • Aislar la fachada por fuera o por dentro.
  • Sustituir una caldera de gasóleo o de gas por aerotermia.
  • Poner placas solares, cuando el certificado acredita la reducción del 30 % del consumo no renovable. Hacienda lo ha confirmado en una consulta vinculante de junio de 2026.

Muchas veces una sola de estas obras no llega al 30 %. Dos juntas, sí. Por eso conviene planificar la reforma entera y no ir pieza a pieza.

Un detalle que casi nadie cuenta: en la deducción del 40 % no cuenta lo que pagues por instalar o cambiar equipos que usen combustibles fósiles. Una caldera de gas nueva no suma.

Los tres pasos, en este orden

Aquí es donde la gente pierde la deducción. No por no hacer la obra. Por hacerla en el orden equivocado.

  1. Certificado energético de antes. Lo firma un técnico antes de empezar la obra, o como máximo en los dos años anteriores. Si la obra ya ha empezado sin él, ya no hay forma de compararlo.
  2. La obra, pagada por banco. Tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Nunca en efectivo. Ni un pago. También se incluyen los honorarios del técnico, el proyecto y los certificados.
  3. Certificado energético de después. Emitido y registrado antes del 1 de enero de 2027. En la Región de Murcia se inscribe en el registro de certificados de la Comunidad Autónoma.

La deducción se aplica en la renta del año en que se emite el certificado de después. Si todo queda hecho en 2026, la verás en la declaración que presentes en la primavera de 2027.

Quién puede deducirse y en qué vivienda

  • La vivienda tiene que ser tu vivienda habitual, o una tuya que tengas alquilada como vivienda o que vayas a alquilar. En ese último caso, tienes que alquilarla antes del 31 de diciembre de 2027.
  • Si recibes una subvención por la misma obra, lo subvencionado se resta de lo que puedes deducirte.
  • La deducción se aplica sobre lo que pagas tú. Si sois dos propietarios, cada uno sobre lo que haya pagado.
  • La obra necesita todos sus permisos. Si hay instalación eléctrica nueva, también su certificado de instalación.

¿Da tiempo antes de fin de año?

Hoy, mediados de octubre, quedan unas diez semanas.

Para un cambio de ventanas o un aislamiento de cubierta, da tiempo si se empieza ya. Para una reforma integral grande, el calendario es más justo. Lo que no se puede dejar para diciembre es el certificado de antes: sin él, no hay deducción aunque la obra sea perfecta.

Y una cosa más. Las ayudas de la Región de Murcia para eficiencia energética en viviendas están cerradas: la última convocatoria para particulares terminó en 2024. El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 todavía no tiene convocatoria abierta en Murcia. Hoy, lo que sí está vigente es esta deducción.

En resumen

  • 20 % o 40 % de lo que pagues, en la renta.
  • Certificado de antes, obra pagada por banco y certificado de después.
  • Todo antes del 31 de diciembre de 2026.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Puedo deducirme si la obra la paga mi pareja y la casa es de los dos?

Cada propietario se deduce lo que haya pagado él, con sus propios límites. Por eso conviene que los pagos salgan de una cuenta a nombre de quien vaya a deducirse.

¿Cuenta cambiar solo las ventanas?

Puede contar si el certificado energético de después demuestra la mejora que pide la ley: un 7 % menos de demanda para el 20 %, o un 30 % menos de consumo no renovable (o la letra A o B) para el 40 %. Solo lo dice el certificado, no el tipo de obra.

¿Y si el certificado de después sale en enero de 2027?

Entonces no podrás aplicar la deducción por estas obras de vivienda. La ley exige que se emita antes del 1 de enero de 2027.

¿Es compatible con otras ayudas?

Sí, pero lo que te subvencionen se resta de la base de la deducción. No puedes deducirte el dinero que ya te ha pagado una ayuda.

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Dónde consultar, tramitar o financiar

Estos son los sitios oficiales donde puedes comprobar todo lo que te hemos contado, hacer tu consulta o presentar el trámite.

Fuentes de este artículo (consultadas el 15 de octubre de 2026)
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